sábado, 2 de abril de 2011

BASILEA III

1.   ¿Qué es Basilea III?

Basilea III se aprobó en Seul por el G20 (los 10 países de Basilea I formaban el G10), pero su aplicación no se hará de una vez si no que progresivamente se irán adoptando las medidas que se estime oportunas. No es un pacto que este cerrado, si no que puede sufrir variaciones o matices que se irán incorporando

En este acuerdo se ha llegado a un punto intermedio entre las grandes potencias. Por ejemplo Estados Unidos y Gran Bretaña buscaban un pacto duro, con requerimientos fuertes y de obligación de cumplimiento rápida, y en el otro extremo países como Alemania o Japón (ahora inmersa en problemas de gran índole por causa de los terremotos que llevan atacando la zona desde hace varios días) que optaban por un pacto de relativa suavidad al ver que su economía corre peligro. Estos países como Japón o Alemania deben haces especial hincapié en el cumplimiento de estas normas al estar en mayor riesgo.

Os adjunto un vídeo donde explican que es Basilea III 




2.   Características.

         Genera reservas en épocas malas: los bancos generan nuevas reservas en los años buenos para que así en los años malos podamos disponer de estas reservas. Con ello lo que se consigue es que los bancos no dejen de prestar dinero como en este tiempo de crisis en el cual nos encontramos

         Demanda más capital con mayor calidad: se exige a los bancos que tengan más capital y que el cliente ponga más recursos propios y menos deudas, y así de esta forma el capital será de mayor calidad


3.   Medidas Tomadas.

En este pacto se acordaron una serie de medidas para fortalecer a los bancos en momentos de recesión como la que vivimos en la actualidad en la mayoría de los países de Europa y Norte América. Estas medidas son las siguientes:

Ø       Capital estructural: La reserva básica de cada banco calculada en función a los riesgos de activo que tengan pasa a tener un ratio de capital total estructural del 7%. No se obligará a obtener capital del mercado pero si se reducirán los dividendos.

Ø       Aumento de los requisitos mínimos de capital exigido para las acciones y reservas, que pasa de ser de un 2% a un 4.5%.

Ø       Colchón de conservación: Basilea III introduce un colchón de conservación de capital del 2,5%. Este colchón actuará como un mecanismo de absorción de pérdidas como complemento al capital de acciones exigido.

Ø       Aumento del ratio del Tier 1, que es el principal medidor de solvencia, de un 4% a un 6%.

Ø       Colchón de capital: entre el 0 y el 2,5 % en acciones comunes u otro capitales capaces de obtener pérdidas. Es un complemento más a la seguridad económica.

Ø       Ratio de apalancamiento: Se limita el apalancamiento en un 3 % Tier 1.

Ø       Buscan asegurar una liquidez suficiente, que cuenten con el efectivo necesario para poder plantar cara a un problema que les surge a corto plazo y de forma rápida.


4.   Conclusiones.

Tras estas medidas tomadas, se llega a una serie de conclusiones.

Ø       Más y mejor capital: Por la necesidad de remunerar más una financiación vía capital que vía deuda, una capitalización mayor tendrá un impacto importante También podría penalizar inversiones en entidades financieras o no financieras, obligando a financiarlas con fondos propios.

Ø       Mayor liquidez: Aumenta la demanda de activos de gran calidad crediticia y liquidez, dejando colgada a la banca comercial tradicional.

Ø       Mayor intensidad regulatoria: Se busca mayor estabilidad macroeconómica por medio de banca pequeña, más solvente y líquida.

Ø        Menor apalancamiento: Se limitarán las inversiones por lo que puede que la rentabilidad de algunas entidades quede mermada.

Ø        Más regulación y control que permite el correcto funcionamiento de los bancos de cara al exterior y en ámbito nacional.


Según expertos y demás personas con alguna relación con Basilea, o que conocen su existencia y funcionamiento, estas medidas tomadas no son suficientes. Para mostrar que esto es así primero enumeraremos de forma rápida algunas de las medidas que se pretenden tomar de cara al futuro aparte de las impuestas por Basilea III. Algunas de estas medidas son:

Ø       La mejora de acuerdos y procedimientos de liquidación.
Ø       Mejora de procedimientos para responder a la quiebra.
Ø       Completar y equilibrar los limites de apalancamiento y liquidez.
Ø       Desarrollar una metodología clara de aplicación de los colchones creados…

Y otras muchas medidas a tratar en un futuro. 

5. Opinión Pública.

Acerca de si Basilea III evitará una nueva crisis financiera en el futuro, la respuesta mayoritaria es desoladora: No, con un 83% de los votos, frente a sólo un 3% de los votos que dice que sí. La nueva regulación no es suficiente.

Acerca de si este tipo de regulaciones sirven para algo, hay división de opiniones. Un 47% piensa que no, frente a un 42% que cree que sí. Y un moderado 10% no sabe si sirven o no sirven.


Por tanto, Basilea III es insuficiente para evitar nuevas crisis financieras, debería haber sido más duro, y existen serias dudas sobre la utilidad de estas regulaciones para contener futuras crisis.
Debido a esta necesidad de ampliar los requisitos que impone Basilea III se ha planteado un calendario en el que año a año se van añadiendo cambios que permitan que los Bancos Centrales sigan un funcionamiento correcto y sean capaces de luchar antes las futuras crisis.

Espero que os haya servido de ayuda mi post para saber algo más de este tema.
1 Saludo.




viernes, 1 de abril de 2011

PLANES DE PENSIONES

1.   ¿Qué es?

      Un plan de pensiones es una modalidad de ahorro que tiene como finalidad complementar y no sustituir la pensión de jubilación. Pasado un tiempo, permite recuperar el valor de lo invertido más los intereses generados. Generalmente esos ingresos se invierten en un fondo con una serie de ventajas fiscales específicas.
       Una entidad gestora se encarga de administrar el dinero. Es decir, de controlar las cantidades invertidas y de informar a los participantes de cómo evoluciona el valor del fondo. En cuanto al valor se calcula diariamente y para ello de divide el dividendo del patrimonio total del fondo entre el número de participantes.



2.   ¿Por qué contratar un plan de pensiones?

3.   Características.

Entre las características de los planes de pensiones he querido destacar algunas de las más importantes para mi:

         Es un complemento a las pensiones públicas.
         Posse tutela administrativa por parte del Estado.
         Es de creación libre y voluntaria.

El Estado ejerce una función de vigilante y trata de salvaguardar que se cumplan las normas establecidas en relación al plan. No obstante, un plan de pensiones nace de la iniciativa privada, por lo que el Estado únicamente puede actuar de inspector, pero no podrá obligar de ningún modo a que se cumplan las condiciones pactadas entre el promotor y los partícipes o beneficiarios.  
Tienen derecho a suscribir un plan de pensiones todas las personas que reúnan las condiciones necesarias para formar parte del acuerdo contractual.
 En lo relacionado a planes de pensiones individuales, se refiere a cualquier persona física que quiera y pueda establecer este contrato de forma libre y voluntaria. 

En lo relativo a planes de pensiones de empleo, todos los empleados con dos o más años de antigüedad pueden acogerse al plan. En algunos casos un plan puede estipular el acceso con una antigüedad inferior a dos años. En lo referente a planes de pensiones asociados, todos los asociados de un colectivo pueden acceder al plan con los mismos derechos y bajo las mismas condiciones, salvo que el plan se desarrolle en conformidad con las distintas aportaciones que los socios hayan realizado. 

4.   Categorías.

Los Planes de Pensiones se dividen en 6 categorías, de acuerdo a su objeto de inversión. Las categorías son:

§             Renta Fija Corto Plazo: Los planes de pensiones de Renta Fija a Corto Plazo invierte en bonos y valores con renta fija cuyo plazo de realización o vencimiento no sobrepase, en promedio, los 24 meses. De esta manera, la cartera no tendrá una duración mayor a los 2 años.

§             Renta Fija Largo Plazo: Los planes de pensiones de renta fija a largo plazo invierten en bonos y valores con renta fija cuyo plazo de realización o vencimiento se exceda, en promedio, los 24 meses. De esta manera, la cartera deberá tener una duración mayor a los 2 años para ser considerada en esta categoría.

§             Renta Fija Mixta: La Renta Fija Mixta se define como aquella cartera que incorpora activos de Renta Variable hasta un máximo del 30%.

§              Renta Variable Mixta: En la categoría Renta Variable Mixta, la cartera está integrada por activos de renta variable, entre el 30% y el 75% del patrimonio. El resto estará en valores de Renta Fija.

§             Renta Variable: Los planes de pensiones que invierten en renta variable tienen un funcionamiento similar al de los fondos de inversión. De hecho, la gran mayoría invierte en un fondo en particular, de Renta Variable. Por tal motivo, la cartera está integrada por activos de renta variable con un mínimo del 75%.

§              Garantizados: En los planes de pensiones garantizados existe una garantía externa de un determinado rendimiento. Pero en general, estos productos tienen una determinada fecha de vencimiento de suscripción, pasada la cual se cobrará una onerosa comisión (lo más común es el 3%) para poder entrar al fondo. De igual manera, la garantía solo obrará al vencimiento, y si algún partícipe sale antes del mismo, los valores se realizarán a valor de mercado, haciéndose cargo de una eventual pérdida. Y otra onerosa comisión de reembolso.

Ahora que conocemos las categorías, mediante este ranking conoceremos también las mejores categorías de los planes de pensiones, tomando como base la rentabilidad obtenida en el último año.



5.   Actores.
Los sujetos involucrados en los planes de pensiones son principalmente el promotor, los partícipes (clientes del plan), los partícipes en suspenso y los beneficiarios del plan. A continuación se ofrece información más detallada sobre cada uno de ellos:
  • Promotor: Cualquier entidad financiera, empresa, asociación, corporación, sindicato, colectivo o grupo que cree o partícipe en el desarrollo de un plan de pensiones. Forma parte de la Comisión Promotora y de Control del Plan. Estos órganos se encargan de crear y supervisar el funcionamiento del plan de pensiones. 
  • Partícipes: Son las personas físicas para las que se crea el plan de pensiones. Normalmente, también son los que contribuyen mediante sus aportaciones al desarrollo del plan. Forman parte de la Comisión de Control. 
  • Partícipes en suspenso: Son las personas que han dejado de realizar aportaciones, pero que mantienen sus derechos consolidados en el plan de pensiones. 
  • Beneficiarios: Son tanto los partícipes como aquellas personas, que sin necesidad de ser partícipes, reciben las prestaciones del plan